Ayudas del Ayuntamiento de Santander destinadas a paliar los efectos de la crisis del COVID19 sobre Emprendedores y Micropymes de Santander
El Ayuntamiento de Santander ha convocado Ayudas destinadas a paliar los efectos de la crisis del COVID19 sobre Emprendedores y Micropymes de Santander.
¿Quiénes podrán beneficiarse de esta subvención?
Programa I: Personas físicas y jurídicas que hayan iniciado una nueva actividad empresarial o profesional en el municipio de Santander entre el 2 de Agosto de 2019 y la fecha de presentación de la solicitud.
La ayuda está destinada a financiar los gastos de inversión y puesta en marcha del negocio con una cuantía de hasta 3000, siempre que no se cuente con una plantilla superior a 10 trabajadores.
Programa II: Personas físicas y jurídicas que hayan iniciado una actividad empresarial, comercial o profesional en el municipio de Santander con anterioridad al 2 de agosto de 2019.
La ayuda tiene como finalidad financiar los costes de alquiler de negocio hasta el 50% siempre y cuando:
- Se desarrolle la actividad en un inmueble en régimen de alquiler situado dentro del término municipal de Santander cuyo contrato esté formalizado con fecha anterior a la declaración del estado de alarma.
- El arrendador de citado inmueble haya acordado con el arrendatario un aplazamiento de al menos el 50% o una reducción de al menos un 25 % del importe del alquiler durante al menos 2 meses con el objeto de paliar los efectos de la crisis del COVID-19. El acuerdo de reducción o aplazamiento de cuotas deberá acreditarse mediante documento firmado por arrendador y arrendatario en el que conste la descripción del inmueble al que hace referencia y los términos y condiciones pactados, incluidos importes y fechas para su abono
- Se trate de una actividad suspendida por el Real Decreto 463 / 2020, de 14 marzo y sus modificaciones posteriores o en otro caso, haber sufrido al menos un 75% de disminución en la facturación en los términos establecidos en el artículo 17 del real decreto ley 8 / 2020, de 17 de Marzo.
- No contar con una plantilla superior a 5 trabajadores de carácter indefinido o el equivalente a tiempo parcial
Programa III: Personas físicas y jurídicas que hayan iniciado una actividad empresarial, comercial o profesional en el municipio de Santander con anterioridad al 2 de Agosto de 2019 y que hayan implantado aplicaciones informáticas que permitan la venta on-line con el objetivo de paliar la situación generada como consecuencia de la crisis del COVID19, siempre que no cuenten con una plantilla superior a 10 trabajadores.
La ayuda está destinada a financiar los costes de implantación de soluciones de comercio electrónico, hasta el 75% de los mismos con un máximo de 3000 Euros.
El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días naturales contados a partir de hoy.