“La obligación de relacionarse electrónicamente con la Administración se retrasa nuevamente hasta el 2020″
El Real Decreto Legislativo 11/2018 modifica la disp.final 7ª de la Ley 39/2015 con el objeto de ampliar el plazo establecido para la entrada en vigor de la obligación de relacionarse electronicamente con la administración pública, en relación con el registro electrónico, y concretamente con:
- el registro electrónico de apoderamientos,
- registro electrónico,
- registro de empleados públicos habilitados;
- punto de acceso general electrónico de la Administración y
- archivo único electrónico.
Por lo tanto, con esta prórroga de dos años, la obligación de relacionarse electrónicamente con la Administración entrará en vigor el próximo 2 de Octubre de 2.020, siendo posible así llevar a cabo el desarrollo tecnológico necesario.