“Nueva convocatoria de subvenciones para promover el mantenimiento del empleo autónomo”
Esta misma mañana conocíamos la convocatoria de subvenciones para promover el mantenimiento del empleo autónomo, a través de la publicación del Extracto de la Orden HAC/09/2018, de 6 de febrero, en el que se establecen los siguientes requisitos y plazos para su concesión:
Requisitos para solicitar la subvención
- Estar en alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos de la Seguridad Social (RETA), o en una mutualidad de colegio profesional de Cantabria.
- Haber cotizado ininterrumpidamente en el RETA o mutualidad durante al menos los tres (3) años anteriores a la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial de Cantabria» y hasta un máximo de cinco (5) años.
- Desarrollar la actividad económica de forma personal, profesional y directa en empresas, radicadas y que desarrollen principalmente su actividad en la Comunidad Autónoma de Cantabria, bien sea en empresas de carácter individual, comunidades de bienes, sociedades civiles o sociedades mercantiles, con la excepción de las sociedades laborales y cooperativas.
- No contar la plantilla de la empresa con más de nueve trabajadores contratados por cuenta ajena el día de publicación del extracto de convocatoria en el «Boletín Oficial de Cantabria.
- Los demás requisitos establecidos en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
- Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución que se encuentran al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, frente a la Seguridad Social y de sus obligaciones con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- No haber sido beneficiario de subvenciones para la promoción del empleo autónomo consistentes en la subvención de cuotas de la Seguridad Social, en los cuatro años anteriores a la presentación de la solicitud, siempre que se trate de subvenciones gestionadas por la Consejería.
Plazo de solicitud
El plazo de presentación de solicitudes, será de treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial de Cantabria». Por lo que el último día para la presentación de solicitudes será el día 4 de abril de 2018.
En los próximos días analizaremos las circunstancias de cada uno de nuestros clientes y nos pondremos en contacto con aquellos que cumplan los requisitos para informarles personalmente de la documentación necesaria para la tramitar la solicitud.